Los condóminos deben comunicar por escrito al administrador su NIF, dirección completa y correo electrónico. En ausencia de dirección electrónica comunicada, se considerará como tal la que conste en el registro de la propiedad.
📋 Descripción
"Los condóminos deben comunicar por escrito al administrador su NIF, dirección completa y correo electrónico. En ausencia de dirección electrónica comunicada, se considerará como tal la que conste en el registro de la propiedad."
Referencia Legal
Artigo 1420.º-B do Código Civil (introduzido pela Lei n.º 8/2022, de 10 de janeiro)
Enlaces Legales
Consecuencias del Incumplimiento
• El administrador puede utilizar la dirección del registro de la propiedad para notificaciones; • La falta de comunicación no invalida las deliberaciones, pero el condómino no puede alegar desconocimiento de las convocatorias enviadas a la dirección del registro de la propiedad; • El condómino mantiene todas las obligaciones (pago de cuotas, etc.) independientemente de la comunicación de datos.
Detalles del Deber
En el plazo de 30 días a partir de la adquisición de la fracción o de la modificación de los datos.
Aviso Legal
Este contenido es de carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado.
Confirme siempre las decisiones críticas con un abogado o profesional cualificado.
El contenido es específico de la legislación portuguesa y puede no ser aplicable a otras jurisdicciones.