Cumplimiento

    Volver

    Informar a los condóminos, por escrito, de la existencia de procesos judicial…

    Deberes y ObligacionesDeber

    Referencia Legal

    Artigo 1436.º n.º 1, alínea i) do Código Civil (dever de representação em juízo) + dever geral de informação decorrente do princípio da boa-fé (art. 334.º CC)

    Enlaces Legales

    Consecuencias del Incumplimiento

    Responsabilidad civil del administrador por omisión que cause perjuicio al condominio (por ejemplo, la falta de información impide a los condóminos presentar defensa en un litigio colectivo).

    Detalles del Deber

    Deber

    Informar a los condóminos, por escrito, de la existencia de procesos judiciales o extrajudiciales que afecten al condominio, en un plazo máximo de quince días desde que tengan conocimiento del proceso.

    Aviso Legal

    Este contenido es de carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado.

    Confirme siempre las decisiones críticas con un abogado o profesional cualificado.

    El contenido es específico de la legislación portuguesa y puede no ser aplicable a otras jurisdicciones.